viernes, 17 de agosto de 2012

Una start-up se pregunta por qué no puedes revender tus canciones digitales

Fuente: Maximilian Bode


ReDigi tiene la tecnología para trasferir la posesión de archivos digitales, pero la industria discográfica ya les ha demandado.

En la tienda iTunes, el éxito de Adele “Someone like you” se vende por 1,29 dólares (unos 1,05 euros). Si te pasas por ReDigi, un mercado en línea donde la gente puede revender los archivos de música que ha comprado, la canción cuesta 59 centavos de dólar (unos 48 céntimos de euro).
Es la misma canción llena de sentimiento. La diferencia es que ReDigi etiqueta la copia de su sitio como 'usada' o 'reciclada' (originalmente se vendió en iTunes). Estos términos suelen aplicarse a bienes físicos como novelas gastadas o CDs que acumulan polvo, no al creciente volumen de canciones, libros y juegos hechos de bits eternos y fáciles de compartir. Los planes de ReDigi –y el debate legal que han generado- abordan la naturaleza cambiante de la propiedad en una era cada vez más digital.
Esta start-up con sede en Massachusetts (EE.UU.) está aplicando un concepto de propiedad arraigado en la ley estadounidense: que quien compra un trabajo creativo puede revender la copia que compró originalmente. “Si lo compras, lo posees, deberías poder venderlo”, afirma el director de tecnología de ReDigi, Larry Rudolph, quien también es investigador de informática en excedencia del Instituto Tecnológico de Massachusetts. “Si lo robas, no deberías poder venderlo. Es muy sencillo”.
Pero Capitol Records, una división de EMI, el gigante de la música, ha denunciado a ReDigi, acusándola de ser una “central para la violación de los derechos de autor”. La Asociación de la Industria de la Música de América también les ha mandado una orden para que detengan toda su actividad. “Aunque ReDigi venda su servicio como el equivalente de una tienda de discos de segunda mano, esa analogía no es válida: las tiendas de discos de segunda mano no crean copias para llenar sus estantes”, según afirma la denuncia de Capitol.
Este es el primer caso en Estados Unidos que se enfrenta a la cuestión de si los archivos digitales adquiridos legalmente se pueden revender y golpea en “el corazón de los futuros modelos de negocio de las industrias de la creación”, explica Jason Schultz, experto en derechos de autor digitales en la facultad de derecho de la Universidad de California, en Berkeley (EE.UU.). Al contrario que otras empresas como Napster que han sido objeto de la ira de la industria musical, Schultz cree que ReDigi tiene buenas posibilidades de ganar en los tribunales.
El juicio está previsto para octubre y Schultz afirma que el resultado afectará a grandes empresas que venden archivos u ofrecen servicios de almacenaje en nube a los consumidores, como Google, Apple y Amazon. El juez de distrito Richard Sullivan rechazó la solicitud de Google de ofrecer su opinión al tribunal.
ReDigi lanzó su servicio en otoño del año pasado. El usuario descarga su software para determinar cuáles de sus archivos musicales pueden ser revendidos. La empresa usa análisis forense digital para verificar que la persona posee legalmente el archivo (y no que lo haya grabado de un CD o descargado ilegalmente): Su 'motor de verificación' examina los datos asociados con el archivo para determinar cuál es la fuente original, quién lo compró y cuándo. Y si ha pasado de un ordenador a otro. Y según John Ossenmacher, director general de ReDigi, suelen pecar de precavidos eliminando cualquier canción cuyo registro sea ambiguo. A continuación la empresa borra todas las copias existentes en los aparatos sincronizados del usuario al mismo tiempo que trasfiere el original a sus propios servidores en nube. Una firma digital añadida al archivo hace que a su servicio le resulte fácil, igual que a un programa antivirus, detectar una copia del archivo en los aparatos sincronizados de alguien después de subírselo.
El resultado del caso de ReDigi puede acabar basándose en un detalle técnico: si la empresa está haciendo una copia de la canción al pasar el archivo a sus servidores, en cuyo caso estaría violando una ley de derechos de autor aprobada en la década de 1970. 
La empresa, que planea expandir su servicio de almacenaje y mercado de música a los libros electrónicos y los juegos, espera que la tecnología pueda resolver ese problema. Si bien no puede trasladar literalmente los bits digitales de un sitio a otro, ha adoptado métodos desarrollados por la industria bancaria para asegurarse de que una canción digital o un libro, igual que el dinero digital, nunca está en dos sitios al mismo tiempo. Cuando alguien compra el archivo del usuario, ReDigi trasfiere la licencia y la borra de sus servidores. Sin embargo, la tecnología no puede asegurarse de que alguien haya guardado una copia en otra parte.
Igual que cualquier vendedor de segunda mano, ReDigi solo ofrece el número de copias que tiene en stock de sus usuarios y las últimas novedades pueden no estar disponibles. Cuando una canción no está disponible, ReDigi permite que la gente use el crédito obtenido por vender sus canciones para comprar canciones nuevas en iTunes. Por el momento ReDigi solo acepta archivos comprados en iTunes, cuyos términos de compra dan al comprador una propiedad más clara del archivo que los de Amazon, explica Schultz.
La empresa se queda con un porcentaje de cada venta y hace poco empezó un programa para ofrecer una parte a los artistas, que normalmente no se beneficiarían de los mercados de segunda mano de discos o libros. Ossenmacher afirma que las discográficas también podrían acabar quedándose con una parte. “No lo estamos haciendo a hurtadillas”, afirma. “Hemos estudiado la ley y la tecnología. Queremos hacerlo correctamente”.
En la actualidad poseemos, de media, unos 500 dólares (unos 400 euros) de valor en archivos digitales adquiridos, según Ossenmacher. Que esta cifra aumente o disminuya es un interrogante abierto ahora que los servicios de suscripción o los de streaming son cada vez más populares. Y a veces no queda claro qué modelo de propiedad se puede aplicar en cada caso. Las bibliotecas, por ejemplo, se han mostrado reacias a aceptar la exigencia de las editoriales de que vuelvan a comprar un libro electrónico después de realizar un número determinado de préstamos. 
Schultz cree que el asunto de quién posee el archivo, que es lo que se está evaluando en este caso, puede ayudar a resolver este tipo de disputas. “Es lo que está en juego en realidad”, afirma. “¿Estamos yendo hacia un mundo en el que cada vez que quieras usar algún contenido sujeto a derechos de autor tienes que pagar, como en una autopista de peaje? ¿O realmente posees algo y tú decides cómo quieres usarlo?”, se pregunta este experto.
Copyright Technology Review 2012.

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