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miércoles, 23 de abril de 2014

El 'arte' de limitar la libertad de información

English: Julian Assange (Wikileaks) with nimbu...
English: Julian Assange (Wikileaks) with nimbus, stencil in Leipzig Connewitz Deutsch: Julian Assange (Wikileaks) mit Heiligenschein, Stencil in Leipzig Connewitz (Photo credit: Wikipedia)










Por Baltazar Garzón / El País
http://elpais.com/elpais/2014/04/22/opinion/1398188034_810155.html
Los ciudadanos de todo el mundo asistimos hace apenas unos meses con asombro a la revelación de la existencia de dos programas de vigilancia masiva de las comunicaciones por parte del Gobierno norteamericano. La justificación gubernamental estadounidense ante tal violación del derecho fundamental a la intimidad personal y familiar resultó previsible: los programas han sido eficaces porque han “prevenido muchos ataques terroristas”. Nunca se especificó cuáles fueron estas acciones, lo que obviamente produce en el ciudadano una sensación amarga, que aumenta su incredulidad.
En cambio, es menos previsible la respuesta que pueda dar el Gobierno en cuanto al caso Edward Snowden, exagente de la Agencia de Seguridad Nacional (ASN) y presunto whistleblower o denunciante de esta información.
Algunos de estos documentos filtrados indican que la ASN y el Centro de Inteligencia Británico (GCHQ) habrían espiado a Julian Assange y a Wikileaks. En este caso, la definición ha sido la de “actor foráneo maligno”, esto es, se le ha catalogado como una amenaza a la seguridad nacional. Wikileaks parece que ha sido espiada hasta el punto de monitorizar las entradas a su website y adquirir las direcciones de IP de los visitantes a la web. Otro de los documentos describe las presiones ejercidas por Estados Unidos a países aliados para tratar a Julian Assange como un delincuente. Esto, sencillamente, es inaceptable en un país democrático que se precia de aplicar el Estado de derecho.
Dispone el artículo 19.2 del Pacto de Naciones Unidas de Derechos Civiles y Políticos que “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
La guerra contra el terrorismo no puede avalar la vigilancia de los periodistas y de los medios de comunicación
Los mismos derechos de naturaleza fundamental están recogidos en otros textos regionales de protección de los derechos humanos como son: el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH); el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos; y el artículo 9 de la Carta Africana de Derechos Humanos.
Su ejercicio puede estar sujeto a restricciones legales, que se consideran necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; y para proteger la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas. Pero, como cualquier restricción, deben ser aplicadas en sentido estricto.
Lo que resulta de vital importancia es que en todos estos textos jurídicos la libertad de expresión y la libertad de información se regulan en un mismo artículo porque la primera es la base de la segunda y porque aquella no se puede ejercer sin esta.
Esto es, el acceso a la información es una conditio sine qua non para ejercer, de forma plena, la libertad de expresión así como otros derechos. Si uno no está informado, su opinión podrá ser válida, pero será incompleta o, cuando menos, distinta a aquella otra que expresaría de haber dispuesto de la información. Y ello tendrá repercusiones en otros ámbitos, como puede ser el ejercicio del derecho al voto.
De ahí que el Comité de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas haya declarado que la libertad de expresión y la de información son de suma importancia en cualquier sociedad democrática.
Estos derechos que, en teoría, se consideran tan arraigados en las sociedades democráticas occidentales son objeto de numerosas tensiones entre el Estado y los ciudadanos. En términos generales, existe una clara tendencia por parte de algunos Gobiernos a limitarlos. Esta predisposición se escuda en una interpretación amplia y muchas veces contra legem, de las restricciones legales a las que se han hecho alusión.
En este contexto, son varios los mecanismos desplegados: el más conocido es la “guerra contra el terrorismo” con el que se consigue justificar la supuesta protección de la seguridad nacional y la intromisión sistemática de los derechos y libertades de los ciudadanos, precisamente los dos que se alegan contra Assange y Wikileaks.
Resulta paradójico que tanto uno como otra estén siendo tratados como una amenaza y no como lo que son: un periodista y un medio de comunicación que ejercen el derecho fundamental de recibir y difundir información en estado puro, sin cortes ni censura, sin intereses partidistas de por medio, sin presiones económicas ni políticas. Es quizá este sistema el que causa miedo y preocupación por la falta de control que suponen
Las autoridades han tratado de evitar ser investigadas, no de amparar a la sociedad contra Julian Assange
Un ejemplo claro fue la publicación y difusión del vídeo del ataque aéreo estadounidense que causó la muerte de NamirNoor-Eldeen y SaeedChmagh, dos trabajadores de la agencia de comunicación Reuters en Irak. La agencia intentó infructuosamente conseguir el vídeo del ataque que finalmente se hizo público en Wikileaks desmontando la versión oficial del Pentágono al demostrar que se había tratado de una acción contra civiles.
La práctica de las autoridades americanas y británicas de investigar y espiar a Julian Assange, Wikileaks y a sus empleados no tendría como objetivo, por tanto, proteger la seguridad nacional, ni amparar a la sociedad ante una amenaza, sino defenderse ellos mismos de la posibilidad de ser investigados. En suma, se trata de proteger al Estado de sus ciudadanos.
En el procedimiento contra la soldado Manning, el fiscal declaró a efectos de la obsoleta, pero vigente Ley de Espionaje norteamericana, no hacer diferencia alguna entre una fuente que suministra información a WikiLeaks o la que proporciona a otro medio de comunicación, como el New York Times. En este sentido, cabe preguntarse: ¿Acaso también estamos ante una guerra contra la libertad de expresión y de información? ¿Ante una especie de tendencia o “arte” de limitar la libertad de información? Si fuera así y hay indicios de ello, estaríamos entrando en un terreno pantanoso del que será difícil salir indemne.
La respuesta debe ser firme: la guerra contra el terrorismo no puede legitimar, en modo alguno, el procesamiento de quienes publican prácticas ilegales o irregulares realizadas por quienes gobiernan. Tampoco puede justificar políticas de vigilancia a periodistas ni a medios de comunicación vulneradoras de derechos fundamentales ni, mucho menos, su procesamiento penal por ejercer un derecho fundamental propio de una sociedad democrática. Cualquier acción en este sentido deberá ser investigada hasta sus últimas consecuencias y sus autores imputados, por cuanto están contradiciendo el verdadero sentido del derecho a la información y el acceso a la misma, como pone de manifiesto el relator especial para la Libertad de Expresión e Información, Frank Larue en su informe general a la Asamblea General de septiembre de 2013.
Mientras tanto, próximamente, Julian Assange cumplirá dos años como refugiado en la Embajada de Ecuador en Londres, gracias al asilo político conferido por el presidente Rafael Correa, sensible a los derechos humanos cuestionados y consciente del riesgo que aquel correría en manos norteamericanas. Esa decisión le ha enfrentado al poder más potente del mundo, pero los meses transcurren entre el autismo británico y la falta de respuesta de las autoridades judiciales suecas que quebrantan en forma flagrante los derechos de Assange, consumando una agresión oficial a un ser humano sin precedentes recientes.
Baltasar Garzón es abogado.
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viernes, 17 de agosto de 2012

La intrincada batalla legal por Julian Assange

Por BBC Mundo

Julian Assange
Julian Assange lleva desde el 19 de junio en la embajada de Ecuador en Londres.
El canciller británico, William Hague, fue claro el jueves al asegurar que Reino Unido no le otorgará un salvoconducto a Julian Assange. Y también hizo hincapié en que su país no reconoce la figura del asilo diplomático, que Ecuador le otorgó al fundador de WikiLeaks.
Sin embargo, el abogado de Assange, el ex juez español Baltasar Garzón, aseguró: "Lo que tiene que hacer Reino Unido es aplicar las obligaciones diplomáticas de la Convención del Refugiado y dejarle marchar dándole un salvoconducto. De lo contrario, acudiremos a la Corte Internacional de Justicia".
¿Están obligados los británicos a darle el salvoconducto? ¿Es Assange un refugiado?

"Víctima de persecución"

Assange, quien lleva dos meses en la embajada ecuatoriana en Londres, quiere evitar su extradición a Suecia, donde es sospechoso de haber cometido un delito de acoso sexual y otro de violación, en encuentros con mujeres que él asegura que fueron consentidos.
Para Garzón, Reino Unido debe cumplir la Convención del Refugiado y respetar "el riesgo que corre una persona víctima de una persecución política", le aseguró el abogado al diario español El País.
Assange, Ecuador y su defensa sostienen que en realidad es Estados Unidos quien quiere juzgar al fundador de WikiLeaks por haber filtrado miles de documentos secretos.
Garzón habla de la Convención del Refugiado pero, ¿es o podría ser Assange un refugiado?
La Convención de Naciones Unidas sobre el Estatuto de Refugiado define a un refugiado como "una persona que, debido a un miedo fundado de ser perseguido por razones de raza, religión, nacionalidad, membresía de un grupo social o de opinión política en particular, se encuentra fuera de su país de nacimiento y es incapaz, o, debido a tal miedo, no está dispuesto a servirse de la protección de aquel país".
Ese mismo texto aclara que el estatus de refugiado "no será aplicable a una persona respecto de la cual existan serias razones para considerar que ha cometido un crimen no político grave fuera de su país de refugio".
Las acusaciones contra Assange por supuestos delitos sexuales harían inaplicable el estatuto de refugiado.
"Es bien sabido que, incluso para aquellos países que reconocen el asilo diplomático, esta figura no debería ser utilizada con el propósito de escapar de los procesos regulares de los tribunales. Y en este caso, eso es lo que claramente está sucediendo", dijo el canciller Hague.

"Asilo diplomático"

Pero se suma otro problema para la defensa del ex hacker y periodista australiano: Ecuador le otorgó el llamado "asilo diplomático", que es el asilo político que se da cuando el asilado se encuentra, por ejemplo, en una embajada.

Video: qué piensan los ecuatorianos

El problema para Assange es que el llamado asilo político, y diplomático, sólo está reconocido en el Sistema Interamericano, por la Convención de Caracas sobre Asilo Territorial de 1954.
Es decir, se aplica para los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) que hayan firmado ese instrumento jurídico.
"Reino Unido –dijo Hague– no acepta el principio de asilo diplomático. Eso está lejos de ser un concepto universalmente aceptado: el Reino Unido no forma parte de ningún instrumento legal que nos obligue a reconocer la concesión de asilo diplomático por una embajada extranjera en este país".
El gobierno de Ecuador, en su argumentación de los motivos por los cuales le otorgó el asilo a Assange, aseguró que "el derecho de asilo es un derecho humano fundamental, por tanto, pertenece al ius cogens, es decir, al sistema de normas imperativas de derecho reconocidas por la comunidad internacional en su conjunto, que no admiten acuerdo en contrario".

El salvoconducto

Ecuador exige que el gobierno británico le otorgue a Assange un salvoconducto, un documento para que el fundador de WikiLeaks pueda transitar sin riesgo y salir del país. Pero el canciller Hague dijo que no existe ninguna base legal para otorgarlo.

Asilo y refugio

  • El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), explica en su sitio web, que los términos "solicitante de asilo y refugiado a menudo son confundidos: solicitante de asilo es quien solicita el reconocimiento de la condición de refugiado y cuya solicitud todavía no ha sido evaluada en forma definitiva".
  • "Los sistemas nacionales de asilo existen para determinar si las personas que solicitan asilo merecen protección internacional. A través de procedimientos apropiados, se determina si los solicitantes de asilo califican para el estatuto de refugiado o alguna otra forma de protección internacional. Los que no califiquen pueden ser devueltos a los respectivos países de origen", agrega la agencia de la ONU.
Dárselo implicaría ir en contra de la orden de detención de Suecia y de un fallo de la Corte Suprema británica que declaró válida esa orden. Reino Unido no sólo debe cumplir con Suecia y extraditar a Assange, sino que el australiano –al permanecer en la embajada ecuatoriana– violó los términos de su fianza.
Aunque Garzón dijo que recurirrá a la Corte Internacional de Justicia, aún no está claro cómo se resolvería el asunto del salvoconducto.
En declaraciones a BBC Mundo, el canciller ecuatoriano, Ricardo Patiño, aseguró: "Esperamos que las conversaciones con el Reino Unido permitan superar esto, y que ellos den el salvoconducto. Ellos deberían darlo, respetando la decisión soberana de Ecuador; y en el caso de que así no sea, nosotros buscaremos los caminos jurídicos internacionales para demandar la concesión del salvoconducto".
El propio canciller británico reconoció el jueves que esta situación podría llevar un tiempo "considerable" para resolverse. Y algunos expertos legales sugieren que lo mejor que puede hacer Reino Unido es ser paciente.
"La mejor carta que tiene el gobierno es la presión del tiempo", le dijo al diario británico Financial Times Carl Gardner, quien fue abogado del gobierno. "Lo pueden esperar afuera –agregó–, mantener a la policía lista todo el tiempo que sea necesario para arrestarlo y, seguramente, alguien –Assange o los ecuatorianos– se va cansar de todo esto".
"Lo que ha quedado claro esta semana –afirma Bridget Kendall, corresponsal diplomática de la BBC– es que no hay mucho margen para un acuerdo. Aunque el gobierno de Reino Unido dice que quiere continuar las conversaciones, dice que no va a garantizar el salvoconducto para que Assange salga fuera del país y no hará concesiones para poner en riesgo su obligación de extraditarlo a Suecia".